
La Generalitat de Cataluña ha publicado una nueva resolución en la cual se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña. Podéis consultarlas en el siguiente enlace.
Estas medidas afectarán a las filmaciones en la ciudad de Barcelona de la siguiente manera:
La Autorización básica de ocupación del espacio público para filmaciones (permiso general) no tendrá validez para las producciones no profesionales los viernes y fines de semana durante los periodos afectados por las medidas de contención de la pandemia.
Las Licencias de ocupación del espacio público (permiso concreto) y los permisos en el resto de espacios y equipamientos municipales para filmaciones no profesionales quedarán supeditadas a los horarios y restricciones de las medidas vigentes en el momento de la filmación.
A partir del 1 de noviembre los parques y los jardines de la ciudad que tienen horario de apertura y cierre se cerrarán a las 19.00h, en motivo del horario de invierno. Las producciones no profesionales se tendrán que adaptar a este horario, sin excepciones.
Por lo que se refiere a las producciones académicas, si es imprescindible llevarlas a cabo en días y horarios restringidos (todo y la recomendación de que no se hagan), a la hora de solicitar los permisos se tendrá que aportar el documento del centro docente especificando que la producción se acoge a las excepciones que recoge el apartado 2.1 de la RESOLUCIÓN SLT/2700/2020, de 29 de octubre y el apartado 1 de la RESOLUCIÓN SLT/2620/2020, de 25 de octubre.
Además, siguen vigentes las medidas que el Ayuntamiento de Barcelona publicó el mes de junio, en relación en la autorización de los permisos de rodaje a y/o equipamientos municipales*:
1. Las filmaciones tendrán un máximo de 20 profesionales de equipo técnico ocupando el espacio público y/o los equipamientos municipales.
2. Las productoras tendrán que presentar la siguiente documentación imprescindible para obtener las autorizaciones:
Este tendrá que incluir, de forma específica, el listado del personal que no podrá aplicar las medidas de seguridad por exigencia del guion o cualquier otra causa. En este caso habrá que especificar o bien el tipo de medidas especiales o bien manifestar la imposibilidad.
Todo el personal que trabaja en el rodaje ha recibido la información y formación sobre los productos, EPIs y protocolos normativos necesarios para evitar el contagio.
El Plan de Prevención que se presente cumplirá las condiciones de seguridad y prevención descritas en el Capítulo X sobre producciones y rodajes de obras audiovisuales publicadas en el BOE n.º 130 de 9 de mayo de 2020 (podéis consultarlo aquí).
NOTA: Esta documentación se puede aportar en el momento de solicitar el permiso o durante la tramitación de este.
3. El Ayuntamiento de Barcelona se reservará el derecho a cancelación según evolución de la pandemia.
*Hay que tener en cuenta que alguno de las equipamientos municipales pueden tener además de estas, otras restricciones según las características del espacio. Os recomendamos que consultáis en cada caso.