Rodar en Barcelona

¿Cómo tramitar permisos de rodaje en Barcelona?

La Barcelona Film Commission ofrece asesoramiento a las producciones y actúa de intermediaria entre éstas y los diferentes departamentos de la Administración Pública para ayudar a tramitar los permisos de rodaje para producciones de tipo no publicitario en la ciudad de Barcelona. Organiza reuniones de coordinación de preparación de rodajes en Barcelona y ofrece a través de este web una base de datos de empresas y profesionales del audiovisual en Cataluña, así como de localizaciones en todo el territorio.

Vía pública

La Oficina de Información y Tramites de la Guardia Urbana (OIT) es quien emite los permisos de ocupación de la vía pública para filmaciones en la ciudad de Barcelona. 

Hay varios tipos de permisos de ocupación de la vía pública para filmaciones que se pueden tramitar en la ciudad de Barcelona:

Autorización básica de ocupación del espacio público para filmaciones (antes Permiso General):

  • Este permiso autoriza filmar libremente por toda la vía pública de la ciudad de Barcelona (calles y plazas) con un equipo reducido (máx. 10 personas + 1 cámara + 1 trípode).
  • El horario de cobertura será siempre y por defecto entre las 8h y las 22h.
  • Se puede solicitar para varios días seguidos, máximo 30.
  • Los residentes en el Estado Español tienen que auto-tramitarse el permiso a través del Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona, y lo pueden hacer con 24h de antelación. Consulta aquí como solicitarlo.
  • Para los no-residentes podemos gestionarlo desde la Barcelona Film Commission con 48h de antelación. Consulta aquí como solicitarlo.
  • Precio: Es totalmente gratuito para todo tipo de producciones.

Licencia de ocupación del espacio público para filmaciones (Permiso concreto):

  • Todas aquellas solicitudes que requieren un equipo de más de 10 persones + 1 cámara + 1 trípode y/o reserva de espacio para estacionar* vehículos técnicos.
  • Estos permisos requieren mínimo 5 días hábiles para tramitarse.
  • Para solicitar este permiso, si se trata de una producción comercial, tiene que gestionarse a través del Portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona. Consultad el Manual de tramitación (de momento sólo disponible en catalán) antes de inciar el trámite. Para consultas podéis contactar con la Oficina d'Informació i Tràmits de la Guàrdia Urbana (OIT): 93 291 50 30 // 93 291 50 29 //93 291 50 38 , gu_oit_filmacions@bcn.cat.
  • Para solicitar este permiso, si se trata de una producción no comercial, se tienen que gestionar a través de la Barcelona Film Commission (BFC). Consulta aquí como gestionarlo a través de la BFC.
  • Precios:
    • Tasa de tramitación de 89.59€ por solicitud.**
    • Tasa de ocupación de vía pública***.
      • Filmaciones 600€ por día y localización.
      • Sesiones fotográficas 336€ por día y localización.

*Consulta la normativa de reservas de espacio para estacionar y el protocolo de señalización de la reserva d'espacio.

**Tasa de tramitación: Cada solicitud de permiso concreto tiene que ir acompañada del justificante del pago de la autoliquidación de tasas de trámites gestionados por la Guardia Urbana. Esta autoliquidación, que puede efectuar cualquier persona física o jurídica, con o sin certificado digital, se tramita a través del Portal de Trámites del Ayuntamiento.

***Consulta aquí como solicitar la reducción del 90% de las tasas de ocupación para producciones culturales. Consulta cómo hacer trámite aquí.

NOTA: El importe de la autoliquidación no se retornará en ningún caso.. Así que recomendamos que nos expliquéis lo que queréis hacer antes de pagar la tasa, por si no es una solicitud viable, o está fuera de plazo, etc.

Las únicas producciones exentas de pagar estas tasas son:

  • El Estado, la Generalitat de Catalunya y las entidades locales para la prestación de servicios públicos, directamente o a través de terceros.
  • Los partidos políticos en período electoral.
  • Los centros de enseñanza reglada que soliciten el permiso como ejercicio académico.

En todos estos casos, en el momento de solicitar el permiso, tendrá que adjuntarse un documento que acredite que la petición proviene de una administración pública o de alguna de las personas o entidades citadas.

Permiso general de cámara car:

  • Este permiso autoriza a circular libremente con cámara car por todas las calles de Barcelona, excepto la Ronda de Dalt (B-20), Ronda Litoral (B-10) y la Ronda del Mig.
  • En ningún caso se podrá ocupar el carril bus.
  • En el caso que los vehículos circulen en paralelo, tendrán que hacerlo en carriles contiguos y siempre tendrá que quedar libre como mínimo un carril de circulación que no sea el carril bus.
  • Acompañando al cámara car podrá circular un vehículo de escena, respetando las normas de circulación. En el caso de los cámara car con plataforma, el vehículo de escena se podrá colocar sobre la plataforma.
  • Acompañando al cámara car y al vehículo de escena, como máximo podrán circular dos furgones de apoyo, respetando las normas de circulación.
  • En el caso de utilizar un cámara car con plataforma, ésta no podrá sobrepasar las medidas autorizadas (2.55m). Si sobrepasa estas medidas, tendrá que tramitarse un permiso concreto.
  • En el caso de utilizar un cámara car con la cámara adosada al vehículo, el dispositivo de sujeción no podrá sobrepasar las medidas autorizadas (2.55m). Si sobrepasa estas medidas, tendrá que tramitarse un permiso concreto.
  • Queda prohibido cortar o destorbar en ningún momento el tráfico de vehículos o peatones.
  • Se puede solicitar para varios días máximo 30.
  • A diferencia del Permiso General de Vía Pública, éste no tiene un horario predefinido, así que se puede solicitar entre las 00h y las 23.59h.
  • Precio: Es totalmente gratuito para todo tipo de producciones.
  • Los residentes en el Estado Español tienen que auto-tramitarse el permiso a través del Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona, y lo pueden hacer con 24h de antelación. Consulta aquí como solicitarlo.
  • Para los no-residentes podemos gestionarlo desde la Barcelona Film Commission con 48h de antelación. Consulta aquí como solicitarlo.

 

  • En el caso de producciones culturales
    Barcelona Film Commission
    Tel. +34 93 454 80 66
    filmcommission2@bcn.cat
  • En el caso de las producciones publicitarias
    Oficina d'Informació i tràmits
    Guàrdia Urbana
    Tel. +34 93 291 50 30/29
    gu_oit_filmacions@bcn.cat

Espacios verdes públicos y Playas

Espacios verdes (Parques y Jardines)

El organismo encargado de autorizar las filmaciones o sesiones fotográficas en los espacios verdes de titularidad municipal es el Instituto Municipal de Parques y Jardines de Barcelona (IMPJ). Éste, siempre libra un documento escrito con las condiciones para los rodajes que autoriza.

La solicitud de permisos de filmación o sesión fotográfica en espacios gestionados por el IMPJ, tiene que realizarse con 15 días de antelación, y tienen que ser para un día y localización concreta. Es importante tener en cuenta que algunos parques tienen restricciones especiales como el Parque Güell, Parque de la Ciutadella o el Parque del Laberinto. Por favor comprobad sus condiciones en su ficha en el Directorio de Localizaciones.

Las tasas establecidas para producciones publicitarias son de 600€ (por jornada y localización) en el caso de las filmaciones y de 336€ (por jornada y localización) para las sesiones fotográficas (ver Ordenanza fiscal núm. 3.10).
Des de Barcelona Film Commission velamos por la gratuidad de les tasas para todos aquellos rodajes no publicitarios que contribuyen a la difusión de la ciudad y su identidad.

Para solicitar un permiso de filmación, en caso de producciones no publicitarias (o sea, no relacionadas con una marca comercial), se tiene que rellenar, a través de ésta web, los formularios de Registro de la Producción (solamente 1 vez por proyecto) y la Solicitud de Espacios (uno para cada espacio y día que queráis solicitar).

En el caso de las producciones publicitarias, tendrán que dirigirse directamente al IMPJ. El contacto se encuentra más abajo.

Hay que tener en cuenta que hay algunos espacios que son gestionados por el IMPJ aunque no lo parezca como por ejemplo la Plaça Gaudí, la Plaça Sagrada Familia, la Calle Destillers, la Zona de Baños Fórum, los Paseos Marítimos o el Parque del Camp de la Bóta.

También pasa al revés, algunos parques de la ciudad que no están gestionados por el IMPJ (o no solamente), y no siguen las mismas directrices. Os dejamos un listado de los más destacados y quién es su gestor. En su ficha del Directorio de Localizaciones encontraréis sus datos de contacto:

Playas y espigones

Las autorizaciones para filmar en playas y espigones de dentro del término municipal de Barcelona, también las gestiona el Instituto Municipal de Parques y Jardines (IMPJ). Éste, siempre libra un documento escrito con las condiciones para los rodajes que autoriza.

La solicitud de permisos de filmación o sesión fotográfica en espacios, tiene que realizarse con 15 días de antelación, y tienen que ser para un día y playa/espigón concreto. Las autorizaciones de rodaje en espigones no autorizan el acceso a espacios restringidos.

Las tasas establecidas para todo tipo de producciones son de 150€ cuando la ocupación requiere entre 0 y 50m2. A partir de los 50m2, son 50€ por cada 50m2 extra. ALERTA: esta información es reciente y podría a ver cambiado, si queréis rodar en playas consultadnos el estado de la normativa.

De junio a septiembre, los rodajes en las playas y espigones están restringidos y solamente se autorizan de lunes a viernes, entre las 7h y las 10h de la mañana o entre las 19h y las 22h de la noche.

Para solicitar un permiso de filmación en playas o espigones, en caso de producciones no publicitarias (o sea, no relacionadas con una marca comercial), se tiene que rellenar, a través de ésta web, los formularios de Registro de la Producción (solamente 1 vez por proyecto) y la Solicitud de Espacios (uno para cada espacio y día que queráis solicitar).

En el caso de las producciones publicitarias, tendrán que dirigirse directamente al IMPJ.

Para más información:

  • En el caso de producciones culturales
    Barcelona Film Commission
    Tel. +34 93 454 80 66
    filmcommission2@bcn.cat
  • En el caso de las producciones publicitarias
    Institut Municipal de Parcs i Jardins
    Permisos i Concessions
    Tel. +34 93 256 20 34 /35
    permisos_masu@bcn.cat

Mercados Municipales

Para realizar filmaciones institucionales o académicas en el interior de los Mercados Municipales podéis gestionar las autorizaciones de forma gratuita a través de la Barcelona Film Commission, rellenando el Registro de la Producción y la Solicitud de Espacios que encontraréis aquí. El resto de producciones, podéis solicitar la autorización a través la web de Mercados Municipales. Las autorizaciones tienen que tramitarse con una semana de antelación.

Según la ordenanza fiscal núm. 3.6: las actividades correspondientes a filmaciones y grabaciones y para la realización de fotografías de carácter publicitario o comercial con finalidad lucrativa en los mercados de zona y especiales, si no producen alteración de la finalidad normal de la actividad habitual y con autorización municipal previa, tendrán que pagar (por día o fracción y mercado):

  • Grabaciones para vídeos promocionales o corporativos, difusión online: 200€.
  • Filmaciones para spots publicitarios o largometrajes cinematográficos, difusión: televisión, cine, online: 785€
  • Fotografías promocionales o corporativas, difusión: online, offline: 140€
  • Fotografías para anuncios publicitarios: difusión: online, offline, 475€

Quedan exentas de esta tasa las actividades correspondientes a filmaciones y fotografías de carácter institucional realizadas por entidades públicas o por encargo suyo. También quedarás exentas de tasa las grabaciones y fotografías para informativos o documentales para medios de comunicación, para proyectos culturales sin ánimo de lucro y para ejercicios académicos.

Para más información sobre como solicitar permisos de rodaje en los Mercados Municipales de Barcelona, diríjase a:

  • En el caso de producciones culturales
    Barcelona Film Commission
    Tel. +34 93 454 80 66
    filmcommission@bcn.cat
  • En el caso de las producciones publicitarias
    Institut Municipal de Mercats de Barcelona
    Tel. +34 93 413 28 90
    mercatsbcn@bcn.cat

Instalaciones Municipales

Para el uso de edificios municipales están fijadas unas tasas o precios públicos que varían según el tipo de espacio y la entidad que lo gestiona. Barcelona Film Commission trabaja para que, en el caso de filmaciones de películas, vídeos y grabaciones televisivas de carácter profesional no publicitario, las productoras disfruten de una reducción total o parcial de las tasas de ocupación para el rodaje en edificios públicos, como museos, escuelas, instalaciones deportivas, centros cívicos o sedes de distrito. La diversidad de espacios que se acogen a esta categoría, así como la gran variedad de tipos de rodaje posibles obligan a llevar a cabo un estudio y un análisis individualizados de cada solicitud y dan lugar a resoluciones no siempre idénticas. En todos los casos, los anuncios de publicidad comercial deben abonar las correspondientes tasas de ocupación de los espacios municipales. No hay que olvidar que los gastos derivados de la filmación y la ocupación de los espacios, como pueden ser el servicio de limpieza, vigilancia o posibles reparaciones y/o desperfectos, corren a cargo de la productora.

Para más información, sobre como filmar en una instalación municipal concreta, contacta con nosotros.

Cementerios

Los nueve cementerios de la ciudad de Barcelona y los dos centros de incineración situados en Montjuïc y Collserola están gestionados por Cementiris de Barcelona, S.A (CBSA), entidad encargada de autorizar los permisos para filmar o fotografiar.

Para solicitar autorización con el objetivo de realizar filmaciones o fotografias cuya finalidad sea publicitaria será necesario contactar directamente con CBSA: comunicacio@cbsa.cat.

Para los proyectos sin finalidad publicitaria las solicitudes tienen que vehicularse a través de la Barcelona Film Commission (BFC). A continuación se indica la información sobre como hacerlo.

Filmaciones

Para planificar el rodaje en un cementerio y/o crematorio, es necesario tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • Cada cementerio tiene unas características singulares y específicas, por este motivo cada solicitud se valora individualmente según las necesidades del rodaje y del cementerio.
  • Será necesario describir detalladamente la escena a rodar, ya que no se autorizarán filmaciones ni sesiones fotográficas que no respeten la naturaleza del espacio.
  • Sólo se autorizarán las filmaciones en horario de apertura de los cementerios (de 8h a 18h, excepto el de St. Gervasi que cierra a las 17.30h)
  • Las filmaciones en crematorios, tan sólo pueden realizarse entre las 18h y las 6h.
  • Los entierros siempre tendrán prioridad sobre las filmaciones, sea cual sea la antelación con la que se haya tramitado el permiso.
  • No está permitido filmar videoclips musicales.
  • No está permitido filmar trabajadores de CBSA sin su autorización, ni la filmación de entierros sin autorización de las familias.
  • Cualquier interacción con tumbas, sepulturas, lápidas, etc. requerirá autorización específica de CBSA, ya que no se puede filmar/modificar/decorar sepulturas ni los nombres de las tumbas sin autorización del titular.

PLAZOS (orientativos según complejidad el rodaje)

  • 1 semana para filmaciones sencillas de tipo informativo/divulgativo.
  • 2 semanas para proyectos académicos o amateurs de complejidad media.
  • 4 semanas si se trata de producciones más complejas (spots publicitarios, series y largometrajes).

PRECIOS

La Tasa de Filmación en cementerios es de 715.30€. Además, todas las producciones tienen que ir acompañadas de personal de seguridad (tantos vigilantes como sets previstos). Este servicio lo contratará el solicitante directamente a la empresa de seguridad indicada por CBSA.

Según la complejidad del rodaje, será necesario entregar un depósito de garantía (la cantidad se fijará según necesidades). Este depósito será devuelto una vez finalizada la filmación, siempre y cuando se encuentre todo en correcto estado.

Supuestos de no sujeción

No se cobrará la Tasa de Filmación, con independencia de la obligatoriedad de solicitar la autorización pertinente, en los siguientes casos:

  • Los trabajos académicos, aportando una carta del Centro de Estudios, específica para el proyecto, y debidamente firmada por el responsable.
    Además, dispondrán de 4 horas de acompañamiento de seguridad sin coste. A partir de las 4 horas, deberá asumirse el pago.
  • Las producciones para instituciones, aportando una carta del organismo contratante que certifique el encargo correspondiente
  • Los proyectos divulgativos culturales y los proyectos amateurs que se realicen con micro mecenazgo tipo verkami, crowdfunding... debidamente acreditado.

PROCEDIMENTOS Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA

En el caso de las producciones de poca complejidad:

PASO 1: Preparar toda la documentación necesaria para solicitar el permiso:

  • Fotografías del espacio exacto donde se quiere realizar la filmación.
  • Enlace de la ubicación de Google Maps del espacio donde se quiere realizar la filmación.
  • Copia de la Póliza de seguro de Responsabilidad Civil que cubra cualquier reclamación por desperfectos ocasionados a las instalaciones y personas de CBSA o a terceros, por un importe de hasta a SIS-CIENTOS MIL EUROS (600.000 €) y el comprobante del pago de la última cuota de la prima correspondiente.
  • Carta de la Escuela / Carta de la Institución (Si se trata de un proyecto académico o institucional)

PASO 2: Rellenar los formularios online de Registro de la Producción (en caso de que no se haya rellenado y la Solicitud de Espacios.

PASO 3: Enviar un correo electrónico a filmcommission@bcn.cat con toda la documentación antes mencionada.

Si toda la información es correcta, la BFC lo enviará a CBSA y se iniciará el trámite.
Des de CBSA se pondrán en contacto con el solicitante para hacerle llegar un documento que se tendrá que retornar firmado y que servirá de autorización.

Si procede, el solicitante también tendrá que aportar el documento de comprobante de pago del personal de seguridad.

En el caso de las producciones de más complejidad:

PASO1: Enviar a BFC un documento con fechas, horarios, número de técnicos, número de actores, número de vehículos, ubicación exacta del rodaje (fotografías del espacio donde se quiere realizar la filmación junto a un enlace de la ubicación de Google Maps) y descripción de la escena a rodar.

PASO 2: Si la filmación es viable se les pedirá:

  • Documentación referente a Prevencontrol (PRL)
  • Copia de la Póliza de seguro de Responsabilidad Civil que cubra cualquier reclamación por desperfectos ocasionados a las instalaciones y personas de CBSA o a terceros, por un importe de hasta a SIS-CIENTOS MIL EUROS (600.000 €) y el comprobante del pago de la última cuota de la prima correspondiente.
  • Datos fiscales de la empresa y el nombre y DNI de la persona que firmará el contrato.
  • Comprobante de pago de la Tasa de filmación, del ingreso del depósito pactado, de los gastos de seguridad y de los servicios que procedan según necesidades (pactados previamente).

Fotografías

Para realizar fotografías en el interior de Cementerios es necesario solicitar un permiso de fotografía.

Para hacerlo, es necesario rellenar los formularios online de Registro de la Producción (en caso de que no se haya rellenado) y la Solicitud de Espacios.
En caso afirmativo, CBSA facilitará al solicitante el documento de permiso de fotografía para que lo firme y lo devuelva, dando conformidad de haber sido informado de la normativa:

  • Las imágenes sólo se podrán tomar en horario de apertura de los cementerios (de 8h a 18h, excepto el de St. Gervasi que cierra a las 17.30h).
  • En las imágenes no pueden salir personas físicas, inscripciones de las sepulturas, ni cualquier tipo de ceremonia o trabajo funerario que se esté realizando, salvo permiso específico.
  • No se autoriza la participación de actores, modelos, figurantes o similares.
  • En caso que las fotografías tomadas en los recintos de CBSA vayan a ser exhibidas fuera del entorno privado, se tiene que solicitar previa autorización para su distribución a CBSA, quienes se reservan su derecho de autorización.

Para más información,